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DE LOS AGENTES |
Las señales y ordenes de los Agentes deben ser inmediatamente obedecidas por los usuarios de la vía. |
Las señales de los Agentes son, tanto para todos los vehículos, como para los peatones. No seria la primera vez que un Agente regulando el tráfico en un paso escolar y estando en posición de Alto a los que vienen por la espalda y dando paso a los vehículos que se lo encuentran de perfil, algún niño y a veces no tan niños, han cruzado la calle por la espalda del Agente, con peligro de atropello, desobedeciendo la señal del Agente; mucho ojo, que puede acarrear algún susto el desobedecer las señales de los Agentes.
Las señales y ordenes de los Agentes pueden ser, bien acústicas (silbato) u ópticas (mediante los brazos). Los agentes que estén regulando la circulación, lo harán de forma que sean fácilmente reconocibles como tales a distancia, tanto de día como de noche, y sus señales, que han de ser visibles, y sus órdenes deben ser inmediatamente obedecidas por los usuarios de la vía. Tanto los agentes de la circulación, la Policía Militar y el personal de obras, que regulen la circulación, como, en su caso, las patrullas escolares, entre la puesta y la salida del sol y bajo condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad, deberán utilizar dispositivos o elementos retroreflectantes que permitan a los conductores y demás usuarios de la vía que se aproximen distinguirlos a una distancia mínima de 150 metros. |
Brazo levantado verticalmente: Obliga a detenerse a todos los usuarios de la vía que se acerquen de frente al Agente, salvo a los conductores que no puedan hacerlo en condiciones de seguridad. La detención debe efectuarse ante la línea de detención más cercana o, en su defecto, inmediatamente antes del agente. |
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Brazo o brazos extendidos horizontalmente: Obliga a detenerse, en las mismas condiciones señaladas en el apartado anterior, a los usuarios de la vía que se acerquen al agente desde cualquier dirección que corte a la indicada por el brazo o los brazos extendidos, y permanece en vigor, aunque el agente baje el brazo o los brazos, siempre que no cambie de posición o efectúe otra señal. |
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Brazo levantado verticalmente ybrazo extendido horizontalmente: Obliga a detenerse, en las mismas condiciones señaladas en el apartado anterior, a los usuarios de la vía que se acerquen al agente desde cualquier dirección que corte a la indicada por el brazo levantado o el brazo extendido, y permanece en vigor, aunque el agente baje el brazo o los brazos, siempre que no cambie de posición o efectúe otra señal. |
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VIA LIBRE O REANUDACION DE LA MARCHA: Un toque de silbato prolongado.
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ALTO: Varios toques de silbato, cortos y frecuentes.
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VEHICULOS DE EMERGENCIAS |
Vehículo prioritario. Indica que se trata de un vehículo de los servicios de policía de extinción de incendios, protección civil y salvamento o de asistencia sanitaria, en servicio urgente, si se utiliza de forma simultánea con el aparato emisor de señales acústicas especiales, al que se refieren las normas reguladoras de los vehículos. |
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Luz roja o amarilla intermitente o destellante hacia delante o hacía atras: el agente desde un vehículo indica al conductor del que le precede que debe detener el vehículo en el lado derecho, delante del vehículo policial, en un lugar donde no genere mayores riesgos o molestias para el resto de los usuarios, y siguiendo las instrucciones que imparta el agente mediante la megafonía. |
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