Comunicado de Acción Totana sobre el pago previsto a una empresa privada para elaborar los Presupuestos municipales

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Comunicado de Acción Totana sobre el pago previsto a una empresa privada para elaborar los Presupuestos municipales

El presupuesto municipal es el plan económico y financiero anual vinculado a la estrategia formulada por el Gobierno de la ciudad, por lo que se convierte en una herramienta clave para la gestión pública sirviendo a la planificación, programación, control, seguimiento y evaluación de las actuaciones municipales.

¿QUIÉN LO ELABORA?

EL EQUIPO DE GOBIERNO es quien debe elaborar un borrador, (no una empresa privada ni tampoco los técnicos municipales), entregarlo a los concejales de la oposición para su estudio y todos, trabajador para lograr acuerdos. Cosa difícil en la práctica al reflejar la política económica que quiere llevarse a cabo y marcar la diferencia o no, entre signos políticos diferentes. El presupuesto debe presentarse al Pleno de la Corporación para su debate y aprobación, ANTES del 31 de diciembre del año anterior. Por ello, los trabajos de elaboración y entrega de documentación a la oposición DEBERÍAN COMENZAR durante el último trimestre del año.

¿QUÉ PROCEDIMIENTO DEBE SEGUIRSE PARA LA APROBACIÓN DEL PRESUPUESTO?

1. EL GOBIERNO MUNICIPAL entrega del borrador a los concejales de la oposición.

2. El CONCEJAL DE HACIENDA convoca comisión informativa (formada por una representación proporcional de los grupos municipales y concejales independientes), dando cuenta del borrador y debatiéndose. El interventor y el secretario están presentes SÓLO PARA ACLARAR cualquier duda legal de los participantes.

3. LA COMISIÓN EMITE UN "DICTAMEN"; explicando el sentir de los concejales que están presentes y los votos a favor y en contra al presupuesto presentado el Concejal de Hacienda. Pudiendo incluirse en ese “dictamen” los cambios acordado a propuesta de la oposición. Es muy importante señalar que la presentación del Presupuesto es COMPETENCIA EXCLUSIVA DEL ALCALDE, lo que quiere decir que, en ningún caso, existe la OBLIGACIÓN (legal) de incluir otras PROPUESTAS.

4. EL ALCALDE CONVOCA PLENO EXTRAORDINARIO con un plazo mínimo de dos días, desde que el expediente completo está listo y a disposició de todos los concejales.

5. EL PLENO DEBATE y somete a votación el Presupuesto. Se aprueba o no, con mayoría simple; mitad más uno de los concejales presentes.

6. SI EL PRESUPUESTO ES APROBADO, LO ES PROVISIONALMENTE. Es decir, que existe un plazo marcado por Ley de 15 días (hábiles), para que cualquier ciudadano pueda examinar el Presupuesto, (PARTICIPACIÓN CIUDADANA) mientras se encuentra en exposición pública y pueda presentar alegaciones.

CERRADO EL PLAZO PARA PRESENTAR RECLAMACIONES, ¿QUÉ OCURRE?.

1. El concejal de Hacienda convoca de nuevo comisión para estudiarlas; mediante informe del Interventor y del Secretario explicará las razones técnicas para admitir o rechazar las reclamaciones.

2. En cualquier caso, el equipo de gobierno pueden aceptar o no las opiniones de los técnicos; pero han de ser conscientes, en el caso de no aceptarlas, de que contravienen los PRINCIPIOS DE LEGALIDAD en los que siempre han de basarse tanto el Interventor como el Secretario.

3. El alcalde convocará otro pleno para estimar o no, todas las reclamaciones presentadas y será la MAYORÍA QUIEN DECIDA. Es entonces cuando el Presupuesto estará definitivamente aprobado.

¿Y SI EL PLENO RECHAZA EL RECURSO DE REPOSICIÓN?. Puede ocurrir si la mayoría simple lo decide pero la Ley aún da otra oportunidad: presentar un recurso ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo.

Si el gobierno actual se ve obligado a pagar a una empresa unos 15.000 € que no son suyos, para realizar un trabajo de competencia y responsabilidad suyas alegando encima, según leemos en medios de locales, por no disponer del personal "capacitado". Está reconociendo su propia incapacidad para gobernar de facto, no la de técnicos municipales en el desempeño de sus funciones. Porque no estamos hablando de auditorías contables por otros asuntos ni de servicios por trabajos que no sean una obligación inherente al gobierno y por las que ya, reciben unos emolumentos.

Para Acción Totana esta tremenda dejación de funciones e "incapacidad" reconocidas, ya serían motivo suficiente para promover la destitución del Alcalde junto a todo su equipo de gobierno. La LOREG regula la pérdida del cargo de alcalde durante el mandato por destitución, mediante una moción de censura y su cese automático derivado por una cuestión de confianza presentada por la oposición. También regula la renuncia voluntaria al cargo pero esto último, sabemos que no sucederá en este universo ni en ninguno de sus paralelos. Aunque en un sistema político con verdadera vocación democrática, responsabilidad de sus cargos político y control del poder por parte de los electores, a lo mejor ya se habrían producido dimisiones pero no. Aquí lo que se produce, es un reconocimiento expreso de una incapacidad gestora públicamente y qué encima, debemos pagar los demás. Impresionante, ¿no les parece?. Pues a nosotros, si.

En Acción Totana no nos dolieron prendas ni antepusimos nuestro ideario político a la hora de apoyar la formación de este gobierno local en solitario de Ganar Totana (IU), sin la necesidad de pasar por ningún reparto de sillones con otras formaciones políticas en defensa de la vigente ley electoral y de los intereses de los vecinos de Totana. Y es con los mismos argumentos con los que venimos ahora a exigir un cambio de gobierno local a todos los niveles y a que se articulen por parte de, toda la oposición, las medidas a tomar al respecto. En el supuesto de haber oposición política en Totana.

Mientras la oposición se piensa que va a hacer, o no hacer al respecto. Lo que sí sería bantante interesante de proponer al pleno y en Acción Totana lo haríamos sin pensar dos veces. Es qué en base a esta incapacidad y reconocida de trabajo y verse obligados a "delegar" esta función (su trabajo) en una empresa privada. Pues que el coste de dicho encargo sea descontando del salario del equipo de gobierno proporcionalmente para que así, no fuese otra carga más a los bolsillo de los totaneros, ¿no les parece?. Pues a nosotros sí, y sin ánimo alguno de judicializar la política, fíjense. Tan sólo por cuestión de principios morales.

El Responsable de Acción Totana.

Juan C. Carrillo.

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