El Servicio de Asesoramiento al Usuario de los Servicios Municipales ofrece una serie de recomendaciones y consejos sobre los contratos a domicilio con comercializadoras de energía con el fin de persuadir a los usuarios en términos de ahorro del suministro eléctrico.
Periódicamente, usuarios de Totana están siendo visitados por personas que ofrecen una mejora sustancial para ahorrar en el gasto de energía eléctrica en las viviendas.
Además, la liberalización realizada en el sector eléctrico lo hace todavía más complejo para los usuarios no entendidos en la materia.
Consecuentemente, y en aras de que se tengan más elementos de juicio en el momento de contratar la energía eléctrica para la vivienda, resulta conveniente distinguir entre empresas distribuidoras de energía (responsables de la calidad del suministro, de los cortes o lectura de los contadores) la referencia en la Región de Murcia es Iberdrola Distribución- y empresas comercializadoras (sus empleados o subcontratados son los que visitan los domicilios particulares captando clientes).
Estas empresas son las que venden la energía eléctrica pudiendo ser de producción propia o adquirida en el mercado eléctrico, y también son las que van a emitir la factura correspondiente (existen decenas de ellas pudiéndose ver el listado completo en la página de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia).
La mayoría de los usuarios de viviendas tienen contratada una potencia inferior a 10 kilowatios por lo que pueden acogerse a la tarifa de Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC), que fija el Gobierno de la Nación, siendo este precio a veces inferior al que se va ofreciendo a domicilio.
Las ofertas pueden ser confusas y llevar a contratar servicios no deseados como el de mantenimiento.
Ante esta situación, desde el Servicio de Asesoramiento al Usuario de los Servicios Municipales se recomienda no atender a personas que no se puedan identificar debidamente; recabar toda la información necesaria (precio kw, descuentos, servicios adicionales, periodos de facturación, etcétera) y ante cualquier duda no firmar el contrato en el momento y ampliar información posteriormente.
También es recomendable tener precaución al mostrar DNI, cuentas bancarias y otros datos privativos; aún después de haber firmado el contrato, se disponen de 14 días naturales (cuentan también domingos y festivos) para desistir o renunciar al contrato sin tener que alegar motivos; y el impreso para el desistimiento debe ser entregado, simultáneamente al resto de documentación, por la persona que ofrece el servicio.