La Concejalía de Salud Pública del Ayuntamiento de Totana informa de que, como consecuencia de la aparición de un foco de rabia en la provincia de Toledo en fecha reciente, la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia ha establecido la obligatoriedad de la vacunación antirrábica anual de los animales domésticos de hábitat humano, y en concreto de las especies caninas, felinas y mustélidos (hurones) ubicados en la Región de Murcia.
Esta medida se fija en virtud de la publicación de la Orden de 25 de julio de 2013, de las Consejerías de Agricultura y Agua y de Sanidad y Política Social, para el control y erradicación de la rabia en los animales y la prevención de riesgos para la salud pública, según informan fuentes de este departamento municipal.
La vacunación antirrábica deberá realizarse obligatoriamente desde el 1 de julio al 31 de agosto de 2013, y deberán vacunarse los perros y hurones a partir de los tres meses y medio de vida, y gatos a partir de los 5 meses de vida.
En el caso de cachorros que lleguen a esta edad en fechas posteriores al periodo establecido como obligatorio o adultos cuya última vacunación anual se haya producido pasado dicho periodo, la vacunación se realizará según las pautas habituales por los facultativos responsables.
La rabia es una enfermedad vírica, que afecta a los mamíferos y por lo tanto al hombre también, y que con el fin de prevenir casos de rabia humana, se hace necesaria la vacunación de la población animal que pueda actuar como portadora, de manera que se obtenga un nivel de inmunización adecuado en la población animal que convive en el ambiente humano.
Igualmente desde esta concejalía se recuerda de la obligatoriedad de la identificación animal de los perros en un plazo máximo de 3 meses de edad o bien un mes tras su adquisición, mediante la implantación de un microchip.
La vacunación se realizará por veterinarios colegiados en cualquiera de los centros veterinarios autorizados.